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Enrique Alfaro, Gobernador de Jalisco en la mesa de seguridad Foto: Gobierno de Jalisco

Servicio profesional de carrera y estabilidad laboral | RE-EVOLUCIÓN

Francisco Jiménez Reynoso @jimenezabogado 09 enero del 2019

Como ya es una tradición en México en virtud del sistema democrático en el que vivimos, hay cambio de administración y con ella se renuevan los gobiernos.

Es sano y necesario, sin embargo también debe respetarse a determinados tipos de trabajadores que son los que dan soporte a la huella institucional que debe imprimirse en determinadas dependencias, independientemente de los cambios de colores de partido. Con ello se debe privilegiar al Servicio Profesional de Carrera.

Para lograr lo anterior, es indispensable que cierto porcentaje de trabajadores cuenten con estabilidad laboral.

No obstante lo anterior, la voracidad de los políticos no respeta los conceptos como son: el derecho al escalafón, el servicio profesional de carrera ni la estabilidad laboral. Por ello es que en no pocas ocasiones nombran a personas en diversos cargos que no tienen el perfil y terminan por destrozar a las instituciones públicas comenzando por correr injustificadamente a personas que tienen carrera, experiencia y en no pocas ocasiones hasta certificaciones para desempeñarse en los cargos que en ocasiones han trabajado por años. Y que en no pocas ocasiones son reemplazados por personas sin perfil, por el pago de favores políticos.

De la mano de esta costumbre que tanto daña a las instituciones públicas, viene otro grave daño que se genera al erario público, y es que cada vez son más las personas que al verse afectadas en sus derechos laborales y humanos, demandan ante los órganos competentes a los vulneradores de dichos derechos, y con ello son cantidades millonarias que deben de pagarse por concepto de salarios caídos, indemnizaciones y hasta llegar a las reinstalaciones en sus cargos.

En virtud de lo anterior miles de empleados despedidos tras cambio de administración acudirán a tribunales. Así lo visualiza el Catedrático y Líder Sindical Sergio Alberto Padilla Pérez: “el 30 por ciento de los ocho mil empleados despedidos con el cambio de administración acudirá a los tribunales, porque la Ley Servidores Públicos del Estado que obliga basificación con más de seis años seis meses de trabajo y sus municipios, contraviene a la Ley Federal de los trabajadores al servicio del estado es reglamentaria del artículo 123 apartado B constitucional, por lo que jerárquicamente es una Ley superior.

Así lo señaló Sergio Alberto Padilla Pérez, dirigente de la Federación de Sindicatos de Jalisco. Que explica que de este 30 por ciento, el 40 por ciento es la base trabajadora, y de ese 30 por ciento se estaría hablando de que estarían demandando el 30 por ciento el derecho a su estabilidad laboral.

Ya en diversos espacios de medios de comunicación, Sergio Padilla ha anunciado que se acercará a diversas autoridades para analizar caso por caso y se respeten los derechos laborales y humanos, así como el derecho al escalafón y el servicio profesional de carrera.

También el líder sindical agrega que la Ley Federal para los Trabajadores al Servicio del Estado en su artículo seis, establece que para lograr una estabilidad laboral se requieren seis meses un día.

Y esto es muy importante, ya que el derecho a la estabilidad laboral, en el contexto internacional es un derecho humano, que tiene que respetar la clase política en México y Jalisco. De lo contrario, los laudos laborales mermaran al erario público por errores de los políticos.

La Comisión Nacional, así como la Estatal en Derechos Humanos, reconocen y defienden el derecho a la estabilidad laboral de la siguiente manera: “El trabajo es una condición humana.

Que tiende a buscar y asegurar las necesidades básicas, e incluso lograr una buena vida. Es una operación retribuida resultado de la actividad humana y es conceptualizable como el es-fuerzo de la actividad humana. De esta manera es lo que se ha denominado el “Derecho del Trabajo”, e implico la creación de un catálogo de derechos humanos, también conocidos como derechos humanos laborales, que son inherentes por el sólo hecho de ser persona y trabajar. Nota tomada del Libro: Derecho humano al trabajo y derechos humanos en el trabajo. Comisión Nacional de los Derechos Humanos, 2016.

 

Francisco Jiménez Reynoso, quien es escribe esta columna es Doctor en Derecho e Investigador de la División de Estudios Jurídicos del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades.  jimenezabogado@gmail.com
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