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Prevención del Coronavirus Foto Gobierno de Jalisco

Por contingencia, estos negocios no podrán operar por un mes en el municipio

Staff Kiosco Informativo | @KioscoInfo | 2 de abril de 2020

A partir de este viernes 03 de abril docenas de negocios NO ESENCIALES deberán dejar de operar como medida preventiva decretada en la Declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional en Tepatitlán y en todo el estado de Jalisco.

 

Se trata de una medida que durará 27 días, el periodo decretado a nivel nacional como cuarentena.

La dirección de Padrón y Licencias, Inspección y Vigilancia, así como Protección Civil y Seguridad Pública serán las dependencias facultadas para sancionar a las empresas que hagan caso omiso de estas disposiciones, también apoyarán la COFEPRIS y la COPRISJAL.

Si los establecimientos comerciales cuentan con más de un giro, únicamente deberá estar en operación aquél que tenga la denominación de esenciales y permitidos, siempre y cuando este cumpla con todas las medidas de sanidad ya establecidas como sana distancia, higiene, cuidado de los adultos mayores de 60 años y mujeres embarazadas, a riesgo de ser multados o clausurados. En el caso de los restaurantes, estos NO deberán tener en su interior a más de 50 personas, incluidos clientes y personal de servicio simultáneos, además de que se deberá de dar preferencia a los servicios para llevar.

También, los giros calificados como Esenciales estarán obligados a instalar sus comisiones mixtas de seguridad e higiene establecidas en la L.F.T. para el cuidado de sus trabajadores y clientes.

 

Aquí la lista de negocios que SI están permitidos:

  • Todos los especificados en el DOF
  • Agroindustria
  • Restaurantes con estrictos protocolos, se reduce la densidad al 50, NO se deben de atender mesas de más 4 personas,
  • Puestos de Comida Tradicional (Taquerías,
  • Envases, Empaques y Embalajes
  • Tiendas Naturistas y Homeopáticas
  • Ferreterías y Tlapalerías
  • Papelerías
  • Lavanderías
  • Hoteles para personas en actividades esenciales (Cerradas áreas comunes, gimnasio, bares, etc)
  • Aseguradoras
  • Casas de Cambio y Empeño
  • Notarias
  • Call Center
  • Cerrajerías
  • Talleres Mecánicos incluidos anexos a Agencias de Venta de Autos.
  • Talleres de Bicicletas y Motocicletas
  • Reparación de Electrodomésticos
  • Medicos y Veterinarias
  • Opticas, Psicólogos, Consultorios de cadena medica y salud.
  • Fumigadores
  • Refaccionarías
  • Tianguis sólo con sus giros permitidos
  • Empresas que tengan fianzas y/o contratos nacionales y/o de exportaciones cuyo incumplimiento pueda generar pérdidas patrimoniales cuyas pérdidas puedan ser irreversibles.
  • Impresión y Etiquetado
  • Obras de Infraestructura Pública
  • Edificaciones y Construcciones con densidad no mayor a 50 personas cumpliendo los estrictos protocolos de seguridad, distanciamiento.

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