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Ejercito Mexicano Foto: facebook de la Secretaría de la Defensa Nacional

LA GUARDIA NACIONAL | RE-EVOLUCIÓN

Francisco Jiménez Reynoso @jimenezabogado | 29 de enero del 2019

El presidente de México Andrés Manuel López Obrador, tiene la firme intención de dotar de más facultades a las Fuerzas Armadas de México para combatir la inseguridad en la que vivimos. Sin lugar a dudas, el tema de la inseguridad en todo México es el que más nos preocupa a los mexicanos.

Ya se aprobó en el pleno de la Cámara de Diputados el dictamen que crea la Guardia Nacional. Tema polémico sin duda, ya que para algunos es robustecer la militarización en México. Dotándolos de facultades que corresponden originalmente a las corporaciones policíacas, pero debido a diversos factores como son:

La falta de policías que se requieren en México. Los que hay están mal pagados, ha faltado invertir en ellos en capacitación, adiestramiento, ha permeado la corrupción en los tres niveles de policías: federal, estatal y municipal. Por ello es que en vez, (como lo hemos insistido en múltiples ocasiones) de reforzar a las policías mexicanas, se decide por parte de la presente administración dar seguimiento a las administraciones pasadas desde Vicente Fox, que fue el primer presidente que rompió la regla y saco al ejército a las calles para que hicieran labores policíacas. Y es que en realidad exponen al ejército, ya que no es su misión llevar a cabo funciones de policías, y por ello pueden vulnerar fácilmente derechos humanos de ciudadanos.

Para entender lo que es el proyecto de la Guardia Nacional (según de los que la proponen), se define como una institución del Estado que participará en la salvaguarda de la libertad, la vida, la integridad y el pleno ejercicio de los derechos de las personas, protegiendo su seguridad y patrimonio, así como los bienes de la Nación, en los casos y bajo las condiciones dispuestas en esta Constitución y en las leyes. Además, también se entiende como una institución híbrida con organización y disciplina militar, pero que estará bajo el mando de la Secreta-ría de Seguridad Pública de carácter civil. Sin embargo, es importante destacar que la cuestión operativa estará en manos de las fuerzas armadas y la cuestión administrativa queda en manos de los civiles. Nótese la gran diferencia.

La tendencia es reformar los artículos 13, 16, 21, 31, 32, 36, 55, 73, 76, 78, 82, 89 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la creación de la Guardia Nacional, que estará encargada de prevenir y combatir el delito en todo el país. El Congreso de la Unión podrá disolver, por mayoría de las dos terceras partes de los miembros presentes a la Guardia Nacional, con pleno respeto de los derechos laborales y profesionales de sus integrantes, y previa evaluación.

En teoría, todos los elementos de la Guardia Nacional recibirán formación en derechos humanos y capacitación y adiestramiento en labores policiales, así como en el dominio de un protocolo para la intervención y el uso de la fuerza, atendiendo a los criterios de necesidad, proporcionalidad y respeto a las leyes vigentes.

La investigación de los delitos, del fuero federal y del fuero común, corresponden al Ministerio Público, a las Policías y a la Guardia Nacional. Pero estos dos últimos actuarán bajo la conducción jurídica del MP. Lo cual implica una gran responsabilidad de quienes se desempeñen como ministerios públicos.

Los detenidos solo podrán ser trasladados y puestos a disposición de forma inmediata de las autoridades civiles correspondientes, además de la elaboración de un informe inmediato.

El artículo quinto transitorio señala lo siguiente: «En tanto persista la emergencia de violencia e inseguridad en el país y por un plazo máximo de 5 años, como excepción a lo dispuesto en los artículos 21, párrafo décimo segundo, y 129 de la Constitución, la Guardia Nacional será adscrita a la dependencia del ramo de la Defensa Nacional para los efectos de la programación y ejecución de funciones en materia de seguridad. La elaboración de políticas, planes y estrategias en materia de seguridad pública se mantendrán a cargo de la dependencia del ramo de la seguridad».

 

Francisco Jiménez Reynoso, quien es escribe esta columna es Doctor en Derecho e Investigador de la División de Estudios Jurídicos del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades.  jimenezabogado@gmail.com
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