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Familiares buscan a sus desaparecidos Foto: David Valdovinos Archivo UdeG

Desaparecidos y el Censo 2020

Cinthya Gómez | @escriboenlaluna | 04 de marzo de 2020

Aunque existen otros mecanismos que llevan cuenta de las personas desaparecidas en el país, para este Censo de Población y Vivienda del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, los titulares de viviendas en las que haya habitado una persona que tenga el estatus de desaparecido, serán libres de notificarlo o no a los encuestadores del INEGI, así lo notificó el maestro Adrián Mesa Holguín, Subdirector de Estadística Sociodemográfica del Instituto Nacional de Estadística y Geografía en Jalisco.

Jalisco, es la segunda entidad a nivel nacional con mayor número de desaparecidos, según el  Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (9 mil 286 personas).

Sin embargo, por tratarse de un tema sensible, tanto para los familiares, la sociedad, y para las instituciones, los allegados a personas desaparecidas que sean encuestadas por el personal del INEGI en el próximo Censo, tendrán libertad de contabilizarlo como vivo o no.

«Aquí lo que nos diga la persona. Si en la vivienda hay (un familiar) un desaparecido, pero y el informante adecuado dice que cree que esta sigue con vida, pues el encuestador es lo que debe capturar», apuntó el funcionario del INEGI.

Además, por tratarse de temas privados y de protección de datos, los encuestadores tampoco deberán indagar más en el tema, y unicamente tendrán que abstenerse a hacer las preguntas del cuestionario.

«Unicamente deben de preguntar cuántas personas viven aquí. Y por ejemplo, las familias responden 5. Y si una de ellas no está, el encuestador debe confiar en lo que las personas le digan. Esa es la forma».

El funcionario señaló que si bien hay registros administrativos sobre la cifra de desaparecidos, ese es otro instrumento ajeno al INEGI y más relacionado con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y del Registro Nacional de Personas Desaparecidas.

En todo caso, lo que si deberá notificarse y registrarse en este censo son los desplazamientos internos forzados ocasionados por algún tipo de violencia.

Los encuestadores preguntarán si hay residentes que migraron, hacia dónde y porqué circunstancias, y si estas fueron motivadas por la inseguridad.

Y es que según el último análisis de contextos violentos y de desplazamientos de la Secretaría de Gobernación y del Consejo Nacional de Población, el desplazamiento interno forzado por la violencia, es un «proceso que impactan la calidad de vida y el bienestar de la población. Este tipo de desplazamiento destaca por la profundidad de sus afectaciones, entre ellas: La pérdida de seguridad, característica de contextos sociales y espaciales violentos, transforma e incide en todos los ámbitos personales, y limita el goce y ejercicio de los derechos humanos».

 

*Este texto se publicó originalmente en elrumbo.mx/ y cuenta con la total autorización del autor para publicarse en este medio. 

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