Julio Ríos | @julio_rios | 31 de julio de 2018
¿A qué se parece la amnistía? ¿Al perdón? ¿Al olvido? ¿A la impunidad?
Esto es lo que muchos se preguntan, ante la inminente llegada de los Foros por la Paz en los que participarán víctimas y familiares, defensores de derechos humanos, académicos, líderes religiosos, campesinos y hasta productores de mariguana o amapola.
En estos 17 foros, que comenzarán el 7 de agosto en Ciudad Juárez y que concluirán el 24 de agosto en la Ciudad de México, se escucharán las voces para discutir el tema más importante de la agenda nacional: la pacificación del país, luego de doce años en guerra. Porque no hay otra forma de llamarle: ha sido una guerra.
La amnistía, es el término que más se menciona de cara a este proceso de dialogo. Durante la campaña muchos lo simplificaron y lo interpretaron como que van a sacar de las calles a todos los delincuentes de las cárceles, o que se van a perdonar los crímenes más atroces.
No es así.
Para empezar, la amnistía forma parte de una estrategia más compleja que se llama: justicia transicional. Así lo reconoció la próxima Secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero en el foro “¿Olvido, verdad o justicia?”, realizado en el Colegio de México.
La justicia transicional es un asunto integral. La amnistía es solo una parte de eso. Y es la última parte de todo. Y se aplica sólo si es necesaria.
Vayamos por partes:
La justicia transicional es un proceso por medio del cual un país transita, de una época de guerra (o de un estado permanente de violación de derechos fundamentales, como en México) hacía un período de paz.
La justicia transicional comprende los siguientes aspectos:
· Atención a las víctimas y respeto a su dignidad
· Reparación del daño
· Derecho a la verdad
· Intervención internacional, para vigilar los procesos.
De estos puntos, se puede desprender (no siempre):
· Reducción de penas
· Despenalización de conductas delictivas
· Amnistía
Es decir, lo primero es la atención a la víctima, el respeto a su dignidad y la reparación del daño. Todo lo demás, NO PUEDE hacerse si se viola este sagrado principio: la víctima está en el centro de toda política integral de paz.
Se supone que ya existe un sistema nacional para la reparación del daño y la atención a todos los tipos de víctimas (directas, indirectas y potenciales). Pero no ha funcionado. Es más, aunque existe una ley general de víctimas, en cada Estado hay distintos criterios para reparar el daño. Todo eso debe perfeccionarse a raíz de los foros
En cuanto al tercer punto, en un anterior artículo decíamos además que el derecho a la verdad, a su vez, es inherente a otros dos derechos: la reparación del daño y la garantía de no repetición de los hechos.
La estrategia de justicia transicional que pretende implementar el nuevo gobierno comprende la creación de comisiones de la verdad. Esto me parece un acierto.
Las Comisiones de la Verdad deben estar integradas por personas que no están contaminadas, como expertos en la materia, y además de investigar, entregan informes vinculantes. Es decir: pueden sancionar.
Hay tres tipos de comisiones de la verdad:
- Una gran comisión nacional que atienda casos paradigmáticos (Como las de Sudafrica, Argentina o Perú)
- Salas regionales o chambers, que atiendan casos en estados o municipios
- Comisiones en casos concretos. (Un ejemplo será la comisión de la verdad del caso Ayotzinapa que será encabezada por Alejandro Encinas)
El fundamento legal para las comisiones de la verdad en México está en el artículo 22 de la Ley General de Atención a Víctimas.
Para saber más de las comisiones de la verdad, escribimos un artículo el cual puedes consultar en el siguiente link: http://kioscoinformativo.com/para-que-sirven-las-comisiones-de-la-verdad-en-derechos-humanos-opinion/
Ahora, pasemos al punto más polémico. El de las amnistías, término más utilizado para el perdón de los presos políticos o religiosos, pero que no es ajeno al derecho penal.
Ejemplos paradigmáticos los hay en Latinoamérica, como por ejemplo la Ley de Punto Final en Argentina y la Ley de Paz y Justicia en Colombia. El primero, muy criticado, y el segundo, con algunos aciertos.
Muchos creen que la amnistía es perdonar a delincuentes. No es así. Es totalmente al revés:
LA AMNISTÍA NO ES PERDONAR. LA AMNISTÍA ES PEDIR PERDON.
Quizá esta frase de Ricardo Corcuera, sacuda al lector en un primer momento.
Por eso explico:
La amnistía consiste en sacar a la calle a quien nunca debió haber estado en la cárcel.
Es un acto en el cual la sociedad, a través del Estado, reconoce que esa persona debe salir a la calle porque ese delito, no debió ser delito.
Y para ello se necesita que la sociedad llegue a un consenso y por ello la importancia de los Foros de Paz que organizará López Obrador.
De acuerdo con la relatoría de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas, lo primero que se tiene que hacer es despenalizar esa conducta que llevó a la cárcel a esa persona.
Un ejemplo: Irak despenaliza el delito de Blasfemia. Si eso ocurre, un sentenciado por el delito de Blasfemia, puede apelar al principio de retroactividad de la ley en beneficio de la persona.
En caso de que un delito cometido por un sentenciado, esté vinculado a otra conducta que se despenalice, entonces, se verá beneficiado con la reducción de penas.
Dicho esto hay que dejar algunos puntos muy en claro:
- Los delitos atroces como homicidio, secuestro o desaparición en sus distintas modalidades, o los de lesa humanidad, NO PUEDEN SER AMNISTIADOS. (Por ejemplo, el artículo 140 de la Ley de Desaparición Forzada, prohíbe la amnistía en ese delito).
- Las amnistías deben realizarse de conformidad con la Constitución y con el Derecho Internacional de Derechos Humanos
- La amnistía NO se aplica PARA TODOS LOS DELITOS
- Debe ser sólo para ciertos sectores de la población
- Debe ser sólo para ciertas circunstancias.
- Aunque a diferencia del indulto que beneficia a una persona solamente, la amnistía beneficia a todos los que encuadren en esa conducta
Para concluir qué delitos y que sectores y qué circunstancias, serían susceptibles de una posible amnistía, se debe realizar este proceso de dialogo por la paz en todo el país.
Y reitero, para dejarlo muy en claro: las víctimas son primero.
LA JUSTICIA TRANSICIONAL NO FUNCIONARÁ SIN PONER A LAS VICTIMAS Y A LAS FAMILIAS AL CENTRO.
Reiterando que los delitos graves no pueden –ni deben- ser amnistiados, en otras conductas menos graves, como la venta o el trasiego de drogas en circunstancias forzadas, por ejemplo, si las victimas aceptan y sí así se llega a una conclusión, por supuesto que podría haber una amnistía derivada de una posible despenalización de la droga como propone Sánchez Cordero.
Quisiera reflexionar además, que el nuevo enfoque y paradigma de la justicia en México ha cambiado de un sistema inquisitorio a un sistema garantista. Es decir, no estamos ajenos al espíritu de las amnistías.
Con el Nuevo Sistema de Justicia Penal, día a día, vivimos ese principio. Si la víctima desea un método alterno de solución al conflicto, entonces, así se soluciona. Eso es como una amnistía. La prioridad no es castigar de forma demoledora e implacable, sino que la víctima salga satisfecha.
Por eso, primero las víctimas.
Antes del perdón, la justicia y la paz
Este proceso que viene, será muy difícil. Requiere de un consenso social que es muy complicado de obtener. Es casi imposible que haya mayorías en este tipo de temas tan sensibles. Sobre todo porque hay muchos agravios sociales y es totalmente entendible y valido que haya víctimas que exijan el justo castigo.
Pero no todos los casos son iguales. Y eso tenemos que entenderlo. Este país necesita de la reconciliación.
Una reconciliación que vaya de la mano de la memoria y de la justicia
La pacificación del país no sólo es el punto más importante de la agenda nacional.
ES LA AGENDA DE AGENDAS. Sin la paz nada funcionará.
Por eso, el primer paso, estos foros por la paz, en el que TODOS, absolutamente todos deliberemos y seamos escuchados, son un paso necesario.