Rodolfo Guerrero Martínez | @KioscoInfo | 05 de febrero de 2019
El combate a la corrupción es una situación que es labor de todos, no únicamente labor de la autoridad, si bien esa es su función, cambiar las cosas significa cambiar la cultura, ir cambiando poco a poco la forma en como nos hemos conducido en la sociedad y eso es algo en lo que, desde nuestra esfera de competencia, en el área en el que nosotros tengamos la influencia hacia la sociedad debemos de aportar nuestro granito de arena para combatir la corrupción, comentó en entrevista el Maestro Gerardo Ignacio de la Cruz Tovar, Fiscal Anticorrupción de Jalisco .
Entonces, ¿Para qué sirve la Fiscalía Anticorrupción del Estado de Jalisco? En esta entrevista el mismo titular de la dependencia estatal nos responde cada una de las dudas.
- ¿Cualquier ciudadano puede presentar denuncia por corrupción en contra de un servidor público que se desempeñe en cualquiera de las dependencias de los tres poderes del estado?
Si, desde luego. De hecho la fiscalía tiene la obligación de atender denuncias que tengan que ver con hechos de corrupción y obviamente el medio para recibir la noticia criminal es el medio en el que se ha establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales, es decir podemos recibir una denuncia, también puede ser que se trate de un hecho notorio porque nos entenderemos por medio de la prensa, por medios propios o pudiera ser también que de manera anónima se nos denunciara algo, y tenemos la obligación de investigarlo.
Y obviamente también aquí tenemos que aclarar algo, los delitos que se cometen por hechos de corrupción, claro que tenemos ahí siempre servidores públicos, pero también la ley establece que esos delitos pueden ser cometidos por particulares, de forma tal que también ellos son materia de investigación.
- A parte del ejecutivo del estado, ¿quién más respalda a dicha fiscalía con carácter de independiente y autónoma?
El respaldo lo tenemos en la ley, tanto en la Constitución del Estado de Jalisco como la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, que es la que establece que dicha fiscalía funcionará con autonomía de gestión, operativa, presupuestaría con autonomía en consecuencia, con independencia de la otra fiscalía que es la Fiscalía General del Estado.
Compartimos desde luego la ley orgánica, administrativamente estamos prácticamente dentro de la misma estructura, lo mismo el presupuesto, en este momento nuestro presupuesto se presenta por conducto del presupuesto de la fiscalía General, pero la ley establece que hay autonomía e independencia en la gestión operativa. Entonces no es que nada más que se tenga el respaldo del ejecutivo, se tuvo en su momento del respaldo del ejecutivo como del legislativo porque finalmente la designación fue ante el congreso, pero antes se tuvo el respaldo de la sociedad que fue la que exigió que se tuviera una fiscalía con autonomía.
- ¿Podría recibirse una denuncia de corrupción en contra del Gobernador del Estado de Jalisco ante esta fiscalía o sería ya materia de juicio político?
Debemos tener presentes que a los servidores públicos se les exigen tres tipos de responsabilidades, hay una política que no nos toca a nosotros como fiscalía, una responsabilidad administrativa que tampoco es la que nos interesa a nosotros, la responsabilidad política, la constitución establece específicamente en que supuesto se puede presentar un supuesto político y eso le toca al congreso, la constitución también establece junto con diversa legislación secundaria en qué casos un servidor público incurre en responsabilidades administrativas y eso lo verían órganos de control interno, contraloría del estado y para efectos de sanción en responsabilidades administrativas graves, la sala superior del tribunal de justicia administrativa, pero cuando la responsabilidad en la que ha incurrido el servidor público, no hablo del gobernador sino de cualquier servidor público en general, se trate de una responsabilidad penal, entonces nos toca a nosotros la competencia de investigar y perseguir el delito y en su caso llevarlo ante los jueces quienes serán los responsables de determinar si se impone una sanción o no, entonces, no solamente en contra del gobernador sino en contra de cualquier servidor público.
- En el corto tiempo que lleva dicha fiscalía, ¿cuántas denuncias han recibido en contra de servidores públicos?
Tenemos en este momento poco más de 1, 350 carpetas de investigación abiertas, lo cual indica que hemos recibido muchas más denuncias que estas, aun así se ha abierto como carpetas de investigación y en todas y cada una de estas tenemos aún servidor público, entonces en este momento tenemos más de 1,350 denuncias en contra de servidores públicos.
- ¿Se prevé legalmente el sigilo ante la indagatoria de corrupción de algún público es decir, para no entorpecer la investigación de corrupción?
Desde luego, de hecho está establecido en la legislación, de entrada por cuestión de debido proceso, respetando derechos fundamentales, respetando presunción de inocencia, no podemos adelantar muchas veces cifras, no podemos adelantar nombres, no podemos adelantar datos que identifique específicamente a una persona como un imputado o un probable imputado en una de las carpetas que investigamos, y eso tiene mucho que ver con el sigilo que se debe de llevar en las actividades ministeriales.
Hay ocasiones en las que llevamos a cabo una investigación ante de que se entere pues nadie, ¿por qué? Porque se pueden entorpecer las investigaciones desde luego.