Staff Kiosco Informativo | @KioscoInfo | 27 de abril del 2017
Pagar 3 o 5 pesos para orinar en los sanitarios públicos o de negocios que ofrecen el servicio en el centro de la ciudad durante la Feria Tepabril podría evitar un arresto o el pago de una onerosa multa a los ciudadanos.
Durante “las fiestas” algunas calles del centro de Tepatitlán despiden olores a sanitario al aire libre, esto a pesar de que las autoridades municipales y algunos particulares ofrecen el servicio para que los paseantes puedan hacer sus necesidades fisiológicas comodamente.
Aunque cada año son más los establecimientos que ofrecen sus servicios sanitarios a un precio de entre $3.00 y $5.00 pesos, la gente sigue utilizando los postes, coches, banquetas y hasta las puertas de las casas y negocios para “hacer de las aguas”, a pesar de que si es sorprendido en flagrancia por las autoridades, esta “mala costumbre” pueda costarle una noche en cárcel o una multa económica.
El reglamento de “Bando de policía y buen gobierno” estipula en su capítulo Sexto sobre infracciones a la moral y a las buenas costumbres en el Artículo 23, inciso G, que orinar o defecar en la vía pública son una falta administrativa.
Si elementos de Seguridad pública detectan a algún ciudadano haciendo sus necesidades fisiológicas en la vía pública, puede ser detenido en el acto.
Los policías realizarán un protocolo en donde debe mencionar al detenido el artículo que especifica la falta cometida.
Los agentes policiacos sólo pueden actuar si quién cometió la falta, es detectado en flagrancia. El Detenido se remite al juez municipal, a quien la calidad de su envestidura debe determinar, de acuerdo a un informe homologado en el que el policía manifieste las circunstancias de tiempo, modo y lugar de los hechos.
Corresponde a los jueces municipales conocer, calificar e imponer las sanciones administrativas municipales que proceden por faltas o infracciones en este ordenamiento.
Son ellos quienes determinan si el detenido se encontró en flagrancia se pone a disposición del juzgado municipal con un arresto de una hasta veinte horas, el detenido no puede pasar más de 36 horas arrestado. El arresto puede ser permutado por una multa que puede variar dependiendo las horas de arresto. El juez determina las horas de arresto dependiendo la infracción.