Por: Cinthya Gómez (@escriboenlaluna)
1 de marzo de 2016.- Luego de que el Congreso de Jalisco aprobara la semana pasada el punto de reforma al Código Civil del Estado de Jalisco, articulo 405 BIS, el Registro Civil de Tepatitlán ya puede llevar a cabo esta maniobra administrativa.
La modificación a la ley hace posible que las parejas que tengan hijos mayores de edad, puedan separarse tras acuerdo mutuo. Antes de la reforma este articulo amparaba la separación de los cónyuges únicamente si no había hijos de por medio.
El Oficial Mayor del Registro Civil de Tepatitlán, Gregorio Oropeza Ruvalcaba argumenta que el proceso a seguir con el divorcio exprés completamente igual al divorcio administrativo.
“Son los mismos requisitos que los anteriores, pero los diputados de Jalisco agregaron que el divorcio administrativo exprés procede cuando los cónyuges convengan en divorciarse, sean mayores de edad, tengan más de un año de casados, pero que teniendo hijos puedan acudir con el oficial del registro civil a presentar su solicitud de divorcio, pero, como dice el código fracción tercera del articulo 405, estos hijos deben de ser mayores de edad, capaces, plenos en el uso de sus facultades mentales y no requieran de manutención”, recalcó el juez.
Oropeza Ruvalcaba insiste en que el termino «exprés» no significa que el proceso pueda llevarse con mayor rapidez, pues este al ser también un proceso administrativo, que tarda aproximadamente 30 días en ejecutarse, siempre y cuando se cumplan con todos los requisitos, a pesar de tener hijos.
El Oficial de Registro Civil de la ciudad señala que las parejas tendrán que someterse a una serie de pláticas en el sistema DIF municipal para que expongan sus motivos con una trabajadora social.
A diferencia de otras localidades del estado, en las que se efectúan hasta 2 divorcios por día, la jefatura de Registro Civil de Tepatitlán realiza en promedio cuatro divorcios administrativos por mes.